Prórroga de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales por enfermedad sobrevenida.

Oficina d'estrangers de Barcelona: Nota informativa 2/2016 sobre la prórroga de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales por enfermedad sobrevenida. 

 

 

Nota:

Cuando la autorización de residencia excepcional se hubiera concedido en base a lo establecido en al artículo 126.2) del RELOEx, es decir, por enfermedad sobrevenida, y continuara existiendo un grave riesgo para la salud o para la vida que dio lugar a la concesión de la autorización inicial, la Secretaría General de Inmigración y Emigración entiende que el mantenimiento de dicha situación de riesgo justifica igualmente la adopción de una nueva medida excepcional que garantice la continuidad en el tratamiento médico.

Por lo que en ese caso, al caducar la autorización, en lugar de la modificación prevista reglamentariamente, los interesados podrán presentar en la Oficina de Extranjería una solicitud de: 

"Prórroga de la autorización de residencia excepcional por enfermedad sobrevenida"

Para obtener más información sobre la documentación a aportar para este trámite, tasa, impreso de solicitud y procedimiento en general, pueden contactar con los servicios de información de la Oficina. + info